A un joven de 14 años en Fairbanks lo llaman a la oficina un martes y le dicen que queda suspendido cinco días por una pelea en el pasillo. Lo que pasa en los siguientes diez minutos lo rige un caso de la Corte Suprema de Estados Unidos, y lo que pasa si la suspensión crece a diez días o a una expulsión lo rigen más reglas. Alaska añade su propia capa: una ley de asistencia obligatoria, un estatuto de 2006 sobre hostigamiento, intimidación, y acoso escolar, y una oficina estatal en Juneau que recibe quejas cuando un distrito no escucha.
Quién tiene que estar en la escuela en Alaska
La ley de Alaska exige que un niño asista a la escuela desde los 7 años hasta los 16. Antes de los 7 y después de los 16, asistir es una decisión familiar, pero el derecho a una educación pública gratuita dura más que el deber: la Youth Law Guide (guía de derecho juvenil) de la Alaska Bar Association explica que la edad escolar llega hasta que cumples 20 o te gradúas, lo que ocurra primero. Así que un joven de 17 que dejó la escuela todavía puede regresar.
Un estudiante de 7 a 16 años que falta a clases sin razón válida es un 'truant' (la palabra legal para un ausente sin justificación), y Alaska trata la ausencia injustificada como una violación de la ley que puede llevar a disciplina escolar. La educación en casa por un padre o madre es una de las excepciones a la regla de asistencia, junto con la escuela privada, los programas por correspondencia, y algunas otras.
Suspensión y expulsión: el proceso que las escuelas de Alaska te deben
El piso viene de Goss v. Lopez (1975), donde la Corte Suprema de Estados Unidos sostuvo que un estudiante de escuela pública que enfrenta incluso una suspensión corta debe ser informado del cargo, de la evidencia, y tener la oportunidad de contar su versión, porque la educación pública es un derecho de propiedad que no se puede quitar sin el debido proceso (procedimientos justos). En Alaska, la guía de la Bar Association describe los mismos tres pasos para cualquier suspensión fuera de la escuela de menos de 10 días, y dice que la conversación puede ser informal e inmediata.
Para una suspensión de 10 días o más, o una expulsión, los estudiantes de Alaska reciben más: aviso escrito del posible castigo, una audiencia ante una persona imparcial (alguien sin razón para favorecer a la escuela ni al estudiante), el derecho a llevar un abogado, el derecho a presentar testigos y evidencia, y una decisión final escrita o grabada con razones. Las apelaciones generalmente van al director, luego al superintendente, y en algunos casos a la junta escolar.
Un detalle que las familias de Alaska suelen pasar por alto: la ley estatal incluye al estudiante suspendido o expulsado entre los excusados de la regla de asistencia obligatoria, así que una suspensión no es en sí misma ausencia injustificada. Pide la audiencia. Tienes derecho a hacerlo.
Acoso escolar: lo que exige la ley de Alaska de 2006
En 2006 Alaska aprobó estatutos sobre hostigamiento, intimidación, y acoso escolar que cubren todas las escuelas públicas del estado. El Department of Education and Early Development (DEED, la agencia estatal de educación) resume lo que exigen: cada distrito escolar debe adoptar una política que prohíba el acoso a cualquier estudiante, debe reportar a DEED todo incidente que termine en suspensión o expulsión por acoso, y debe proteger de represalias a quien reporte un incidente sospechado a los funcionarios escolares.
Esa última parte importa para el estudiante en Bethel o Kodiak que tiene miedo de decir algo. Tomar represalias por reportar es en sí una violación de la política que el distrito está obligado a tener. DEED publica una política modelo escrita por la Association of Alaska School Boards, y la versión de tu propio distrito debería estar en el manual del estudiante o en su sitio web. Si no la encuentras, pide en la oficina la política del distrito sobre hostigamiento, intimidación, y acoso escolar con ese nombre.
Cuando el distrito no lo resuelve: la vía de queja estatal
El DEED de Alaska tiene una Office of Education Advocacy (OEA, oficina de defensa educativa) que recibe avisos de padres y estudiantes sobre problemas que el distrito local no ha resuelto. Dos reglas de su página: primero debes hacer un esfuerzo de buena fe a nivel local (la escuela, el director, el superintendente, o la junta escolar) y guardar prueba de esos esfuerzos, y el aviso debe presentarse dentro de los seis meses del problema. OEA responde en 10 días hábiles si rechaza un aviso, y puede remitir el asunto a la agencia correcta.
El formulario de queja es un PDF en la página de OEA enlazada abajo. El número principal de DEED es 907-465-2800 y su correo es eed.contact@alaska.gov. Empieza una carpeta ahora: el aviso de suspensión, la fecha de cada llamada, el nombre de cada persona con quien hablaste. Esa carpeta es lo que piden tanto la regla de los seis meses como la regla de buena fe.
No pudimos confirmar un tope estatal sobre cuánto puede durar una suspensión en Alaska, ni una ley propia de Alaska sobre prensa estudiantil o discriminación por el cabello, así que toma la política de tu propio distrito como la regla en esos puntos y pregunta a OEA si parece incorrecta.
Recuerda esto
- Alaska exige asistir a la escuela de los 7 a los 16 años, pero el derecho a asistir a la escuela pública dura hasta los 20 o la graduación.
- Según Goss v. Lopez, incluso una suspensión corta exige aviso, la evidencia, y la oportunidad de responder; 10 días o más, o la expulsión, añade una audiencia ante una persona imparcial.
- Los estatutos de Alaska de 2006 sobre acoso exigen que cada distrito tenga una política, reporte a DEED las suspensiones por acoso, y proteja de represalias a los estudiantes que reportan.
- Si el distrito no lo resuelve, la Office of Education Advocacy de DEED recibe avisos presentados dentro de seis meses, tras un esfuerzo local documentado.
Fuentes
- Alaska Dept. of Education and Early Development: Bullying and Cyberbullying (se abre en una pestaña nueva)
- Alaska Bar Association Youth Law Guide: Discipline Procedures (se abre en una pestaña nueva)
- Alaska Dept. of Education and Early Development: Office of Education Advocacy (se abre en una pestaña nueva)
- Legal Information Institute: Goss v. Lopez, 419 U.S. 565 (1975) (se abre en una pestaña nueva)
Este artículo ofrece información educativa general, no asesoría legal individualizada. KidsKnowRights no es un bufete de abogados, y leer este artículo no crea una relación abogado-cliente. Las leyes varían según el estado, la edad y las circunstancias, y cambian con el tiempo. Para consejo sobre una situación real, habla con un abogado con licencia o una organización de ayuda legal.